Resolución conjunta 460/2021 – Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Salud de la prov. de Bs As – Pase libre covid

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La Plata, 10 de diciembre de 2021.

Se informa que mediante la Resolución Conjunta nº 460/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se establece el «PASE LIBRE COVID» como requisito para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio de la provincia que representen mayor riesgo epidemiológico.

El mencionado Pase consiste en la acreditación de al menos dos dosis de la vacuna contra el COVID19, aplicadas por lo menos catorce días antes.

A partir del 21 de diciembre de 2021 se deberá contar con este Pase para la realización de las siguientes actividades:

  • Realización de trámites presenciales tanto ante organismos públicos provinciales y/o municipales como ante organismos privados, éstos últimos cuando impliquen aglomeramiento de personas.
  • Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados: centros culturales, gimnasios, cines, eventos deportivos que signifiquen aglomeración de personas; salones de fiestas y boliches, actos y reuniones con gran participación de personas, bares y restaurantes.
  • Trabajadores que realicen atención al público, ya sea de entidades públicas o privadas.

Dicha enumeración es meramente enunciativa y se puede ampliar en función de la evolución de la situación epidemiológica, el avance de la vacunación y a decisión de las autoridades sanitarias

El Pase será exigido a todas las personas mayores de trece (13) años, las cuales podrán acreditarlo de las siguientes formas: app Vacunate PBA, app Mi Argentina, carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta.

Los organizadores, titulares o responsables de las actividades señaladas, tendrán a su cargo el control de la acreditación del PASE LIBRE COVID, en los accesos a las mismas.