Se informa que mediante Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 2181/2020 en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción se han prorrogado al mes de diciembre de 2020 los beneficios del Programa ATP.
Los beneficios del ATP son:
- Pago de salarios complementarios para actividades críticas.
- Reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA (para actividades críticas).
- Postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA (para actividades no críticas).
- Créditos a Tasa Subsidiada para el pago de salarios. Aquellos que se han obtenido para el pago de salarios de noviembre podrán ser convertidos parcial o totalmente en un subsidio en tanto cumplan con las metas de empleo que establecerá el Ministerio de Desarrollo Productivo.
- Asistencia complementaria del Programa REPRO II, creado por Resolución N° 938/20 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (Circular de la Resolución 938/20 enviada el 13 de noviembre de 2020).
Asimismo se mantienen los beneficios del programa ATP para el sector salud, en tanto que la variación de facturación interanual sea negativa, igual a CERO (0) y/o positiva de hasta el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%).