Restricciones a empresas beneficiarias ATP decreto 332/20 y cuestiones adicionales. Decisión Adm. JGM 963/2020

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 1.) ATP 332/2020 Y RESTRICCIONES:

Entre las restricciones que se han impuesto a los beneficiarios del ATP creado por Decreto 332/20 se encuentran:

-No podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019.

-No podrán recomprar sus acciones directa o indirectamente.

-No podrán adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera osu transferencia en custodia al exterior.

-No podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o debaja o nula tributación. (…)

Ahora mediante Resolución de JGM 963/20 se han aprobado cuestiones interpretativas sugeridas por el  Comité  de Evaluaciòn y Monitoreo del Programa respecto a tales restricciones. Entre ellas que  las operaciones referidas  no podrían efectuarse en el ejercicio en el que fue solicitado el beneficio y durante » Los DOCE (12) meses siguientes a la finalización del ejercicio económico en el que fue otorgado el beneficio para: – las empresas que contaban con hasta 800 trabajadoras o trabajadores al 29 de febrero de 2020, en el supuesto de las remuneraciones devengadas en mayo de 2020″.

Las restricciones también alcanzan a empresas de más de 800 trabajadores. Las restricciones han hecho que algunas empresas analizaran su permanencia en el programa.

2.) OTRAS CUESTIONES:

En relación a la liquidación de los salarios complementarios correspondientes a las remuneraciones del mes de mayo, establece que se tendràn en cuenta las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta el 26/05/2020, inclusive

Y que  cuando los empleadores del Programa ATP cuenten con aportes y/o subsidios que alcancen a directa o indirectamente «a una parte de su plantillas de personal», la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS procederà a identificar a las trabajadoras y los trabajadores que no se ven alcanzados directa o indirectamente por el beneficio  y a pre-liquidarles el mismo